Chile ya cuenta con un marco regulatorio integral para la desalinización de agua de mar. El presidente José Antonio Kast promulgó esta semana en Caldera, región de Atacama, la Ley N° 21.813, que por primera vez en el país regula de forma específica esta industria, establece una nueva figura de concesión de desalinización y fija la prioridad en el consumo humano. La norma fue publicada en el Diario Oficial el martes 14 de mayo y entrará en vigor en un plazo de 18 meses.
El acto de promulgación se celebró junto al ministro de Obras Públicas, Martín Arrau, la delegada de Atacama, Sofía Cid, representantes de la industria y especialistas, y tuvo como escenario la planta desaladora Aguas CAP en la propia comarca de Caldera, un símbolo de la actividad que la ley viene a ordenar.
La norma fue publicada en el Diario Oficial el martes 14 de mayo y entrará en vigor en un plazo de 18 meses
Una industria de 20 años que por fin tiene marco normativo
Chile lleva más de dos décadas operando plantas desaladoras sin un régimen jurídico específico. Con 24 instalaciones en operación que producen más de 11.000 litros por segundo, y nuevos proyectos previstos para 2026 que aumentarán esa capacidad un 30%, el país lidera ya la región en capacidad instalada. La nueva ley da respaldo normativo a esa realidad y aspira a acelerar la inversión futura: los plazos de tramitación actuales pueden extenderse hasta 139 meses, y la norma busca reducirlos de forma significativa a través de una figura concesional específica y una ventanilla institucional única.
Qué regula la ley
Los elementos centrales de la norma son cinco. Primero, la creación de una concesión marítima especial específica para proyectos de desalinización, que hasta ahora debían encajar en figuras jurídicas no diseñadas para este uso. Segundo, la obligación de que los proyectos industriales reserven hasta un 5% de su capacidad para consumo humano y saneamiento. Tercero, la modificación de la Ley General de Urbanismo para permitir la instalación de plantas desaladoras en áreas rurales y urbanas. Cuarto, la creación de una Estrategia Nacional de Desalinización que definirá la localización prioritaria de instalaciones, los estándares técnicos y ambientales y los modelos de financiamiento. Y quinto, la concentración de las competencias de tramitación y fiscalización del sector en la Dirección General de Aguas (DGA), que creará una Unidad de Desalinización como punto de entrada institucional para inversores y operadores.
Durante los 18 meses de vacatio legis, la DGA trabajará en los reglamentos de concesiones, planes de cierre y la tipología de ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).
Ciudades que ya dependen del agua de mar
La ley no llega a un territorio virgen. Ciudades como Antofagasta, Caldera y Chañaral se abastecen ya completamente con agua desalada, y la presión hídrica en la zona centro-norte —donde confluyen la minería, la agricultura y el crecimiento urbano— hace de la desalinización una necesidad estructural, no una alternativa. El ministro Arrau ha subrayado que "la próxima década será la década de la desalación en Chile".
El presidente de la Asociación Chilena de Desalación y Reúso de Aguas (ACADES), Alberto Kresse, ha valorado la norma como "el resultado de más de ocho años de trabajo conjunto entre gobiernos, parlamentarios, academia e industria", y ha destacado que posiciona a Chile como referente regional no solo en capacidad instalada sino también en políticas públicas para el desarrollo del sector. "Hemos dado un paso importante al reafirmar el agua de mar como una fuente confiable y disponible en todo el territorio", ha añadido.






